El pasado 9 de Abril fue publicada en el BOE la Orden IGD/869/2010, de 30 de marzo, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2010, y se establecen sus bases reguladoras.

Como anunciábamos en nuestro blog, en el artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres ya se hacia referencia a la creación de un Distintivo en materia de Igualdad de Oportunidades para aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

Con la publicación de dicha orden, el pasado 9 de abril se abrió la convocatoria 2010 para la concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” así como sus bases reguladoras.
Las empresas que dispongan de Planes de Igualdad y quieran ser reconocidas por ello a través de este distintivo disponen de 2 meses (hasta el 10 de Junio 2010) para enviar su solicitud al Ministerio de Igualdad. Tras su evaluación, el Ministerio de Igualdad procederá a la entrega del certificado y de la placa acreditativa del distintivo «Igualdad en la Empresa».

Dicho distintivo se concederá por un periodo de tres años, periodo durante el cual las empresas deberán remitir un informe anual en donde se reflejen las actuaciones implantadas, y que será evaluado por el Ministerio de Igualdad.




Imagen del distintivo de "Igualdad en la Empresa"








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